![]() | Volumen XXI - Nº 88 Noviembre/Diciembre 2009 ![]() |
Recientemente la Cámara de Diputados de la Nación dio media sanción a un proyecto de Ley de Salud Mental Nacional presentado por el diputado Leonardo Gorbacz. El trámite de aprobación, sin debate en el recinto, mediante el procedimiento de Sesión especial, hizo pasar furtivamente tan importante instrumento para la Salud Pública argentina sin que la opinión pública pudiera tomar noticia del asunto. En los Fundamentos del proyecto de la ley presentada se informa de una serie de consultas a sectores de especialistas y estamentos públicos, pero se omite decir que el resultado de algunas de ellas fue francamente adverso al proyecto y en otros casos no fue vinculante; como tampoco se dice que fueron excluidos de la consulta los estamentos universitarios y las asociaciones médicas, y no fueron efectivamente consultados los responsables de Salud Mental de las provincias, los directores de los principales hospitales del país, ni del Ministerio de Salud, etc. ¿Porqué se procedió de esa manera excluyente? ¿Cuál fue entonces la fuente de inspiración para que el legislador redactara ese proyecto? ¿En el conocimiento cierto de qué realidad asistencial se apoya para proponer con perspectivas efectivas de aplicación el instrumento que propone? El proyecto que comentamos muestra serias imprecisiones en su redacción y desconocimiento de la verdadera realidad clínica y terapéutica y del funcionamiento institucional, de tal manera que muchos de sus loables propuestas tenderán a ser letra muerta y a producir conflictos de todo tipo en el funcionamiento cotidiano, con perjuicio de la salvaguarda de la seguridad y los derechos humanos de los pacientes que pretende defender. La supina ignorancia de las incumbencias profesionales y de los saberes de cada disciplina lo lleva a pretender legislar la propia terapéutica incluyendo opiniones en relación a aspectos de ella cargados de prejuicios y sesgos ideológicos incompatibles con un texto legislativo. El espacio de este Editorial no permite seguir agregando consideraciones críticas que, justamente, hubieran demandado un espacio de debate serio y abierto al disenso. Esperemos que el mismo se encuentre en las Comisiones de la Honorable Cámara de Senadores adonde debe continuar el trámite. Incesantemente hemos defendido en nuestros editoriales el derecho inalienable a la salud, el respeto de los Derechos Humanos de pacientes y trabajadores del sector (profesionales y no profesionales), la necesidad perentoria de volver a contar con una Dirección Nacional de Salud Mental en el Ministerio de Salud dotada de los recursos humanos y presupuestarios para diseñar planes de alcance nacional, la urgente necesidad de la transformación del tipo de asistencia en Salud Mental terminando con las estructuras asilares-manicomiales, disponiendo de políticas y recursos para la prevención y la rehabilitación y reinserción de los enfermos mentales, que, manteniendo las prestaciones necesarias en las patologías como trastornos de ansiedad, trastornos depresivos y psicosis, centre esfuerzos en la atención de las poblaciones más vulnerables y problemáticas más frecuentes (infanto-juvenil, tercera edad, adicciones y, especialmente, alcoholismo) y de los riesgos mayores (suicidio y violencia familiar y social). Cegado por una cruzada antipsiquiátrica, innecesaria y obsoleta frente a la situación de la Salud Mental real actual el proyecto de ley mencionado, incurre en un reglamentarismo burocratizante que esteriliza sus buenas intenciones. Es de esperar que en la Cámara de Senadores se pueda abrir un espacio de mayor racionalidad para un debate de tanta importancia para la salud de nuestro pueblo. Juan Carlos Stagnaro |